Es importante señalar que lo mejor es que los migrantes detenidos se asesoren legalmente. Sin embargo, las autoridades migratorias no les brindarán acceso a un abogado gratuito.
Un abogado especialista podrá valerse de varios recursos para detener una deportación, entre ellos, el artículo 244 de la Ley de inmigración y nacionalidad. Aunque, de acuerdo con el Departamento de Justicia, deberá cumplir con alguno los siguientes requisitos:
- Haber estado físicamente presente en Estados Unidos durante un periodo continuo de no menos de siete años.
- Demostrar que ha sido maltratado o sometido a crueldad extrema en Estados Unidos por su cónyuge o padre ciudadano.
- Haber servido a las fuerzas armadas de Estados Unidos por al menos 24 meses.
- Demostrar haber tenido buen carácter moral durante su estadía en el país.
- Demostrar que su deportación implicaría graves dificultades para usted, su cónyuge, padre o hijo menor de 21 años, que se encuentran en Estados Unidos.
De cumplir con los criterios anteriores, deberá presentar el formulario EOIR-40, pagar la tarifa de representación correspondiente y acudir a una entrevista de datos biométricos.
¿Cómo detener una deportación ante Uscis?
Otra opción para intentar detener la deportación es presentar el formulario I-881, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, (Uscis, por sus siglas en inglés).
Dicho formulario corresponde a la solicitud de suspensión de deportación o cancelación de remoción y pueden presentarla extranjeros elegibles.
Esta opción únicamente aplica para personas bajo la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda a Centroamérica, es decir que solo ciertas nacionalidades pueden presentarla.
Uscis puede ayudar en la suspensión de la deportación. Foto:iStock
Suspensión de deportación a través de ERO
Las autoridades de la Oficina de Operaciones de Ejecución y Deportación, (ERO, por sus siglas en inglés), explican que los extranjeros pueden intentar suspender su proceso de deportación con base en el título 8 del Código Electrónico de Reglamentos Federales. Para esta opción deberá presentar:
- Documentos de identidad, como su pasaporte.
- Evidencia que avale su interés de permanecer en Estados Unidos, por ejemplo, documentos que avalen una condición médica.
- Demostrar que no está clasificado como fugitivo o ha realizado intentos para obstaculizar su deportación.
- Tener una dirección física correcta.
- Pagar una tarifa de US$155.
Si las autoridades aceptan su solicitud, le emitirán una orden de suspensión y es posible que deba pagar una fianza cuyo monto mínimo será de US$1.500.